jueves, 9 de julio de 2015

4.13: OTROS APORTES PATRIMONIALES

El término aporte refiere a aquella contribución que alguien realiza a otro individuo o a una organización. La mencionada contribución puede consistir en un bien inmueble, una suma de dinero o tratarse de una contribución de tipo espiritual, artística o intelectual. El aporte que nos ha brindado, en todos estos años, la presencia de un profesional de sus características es realmente impagable; su campaña recibió de aportes, aproximadamente, diez millones de pesos.

Los aportes patronales resultan ser aquellas sumas de dinero que el patrón estará obligado a aportarle al estado por tener empleados. Las mismas no son recuperables para el empleador y resultan ser indispensables para aquellas personas que quieran jubilarse, ya que se les exige tener al día sus aportes patronales para poder acceder en el futuro a una jubilación.


AUTOR (A):
ALTAMIRANO CAMPOVERDE MISHELL

1 comentario:

  1. De acuerdo a la información brindada por la Superintendecia de Bancos y Seguros en el grupo de "OTROS APORTES PATRIMONIALES"

    REGISTRA:
    Los aportes no reembolsables que reciben los bancos e instituciones financieras del Estado y las donaciones recibidas por las entidades del sistema financiero, excepto por el sistema de garantía crediticia.

    CUENTAS:
    - 3401: Otros Aportes Patrimoniales
    - 3402: Donaciones
    - 3490: Otros

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