7415: DEPÓSITOS O CAPTACIONES CONSTITUIDOS COMO GARANTÍA DE PRÉSTAMOS.
Esta
cuenta registra los valores de todos los depósitos o captaciones en efectivo de
la propia institución, como garantía de préstamos otorgados en una integrante
del grupo financiero, los cuales no pueden ser retirados hasta que no hayan
sido cancelados.
Esta
cuenta que pertenece al grupo n° 74 de Cuentas de Orden Acreedoras se divide en
10 subcuentas:
741505 Cartera comercial
prioritario
741510 Cartera de consumo
prioritario
741515 Cartera inmobiliaria
741520 Cartera de microempresa
741525 Cartera de crédito
productivo
741530 Cartera de crédito
comercial ordinario
741535 Cartera de créditos de
consumo ordinario
741540 Cartera de crédito de
vivienda de interés publico
741545 Cartera de crédito
educativo
741550 Cartera de crédito de
inversión pública
SU DINÁMICA
SE DEBITA
|
SE ACREDITA
|
-
Por la
eliminación de restricción a depósitos y captaciones en función de
recuperación total o parcial de la cartera garantizada.
|
-
Por el valor correspondiente a los
depósitos o captaciones constituidos como garantía de préstamos.
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7416: INTERESES PAGADOS POR DEPÓSITOS O CAPTACIONES CONSTITUIDOS COMO
GARANTÍA DE PRÉSTAMOS.
Esta
cuenta registra los pagos de las instituciones financieras por intereses de
depósitos constituidos como garantías de préstamos otorgados que no son de
libre disponibilidad hasta que los créditos no hayan sido cancelados en su
totalidad.
Estas
cuentas están subdivididas en:
741605 Depósitos a la vista.
741610 Depósitos a plazo.
SU DINÁMICA
SE DEBITA
|
SE ACREDITA
|
-
Por la
eliminación de restricción a depósitos o captaciones en función de
recuperación total o parcial de la cartera garantizada.
|
-
Por el valor correspondiente a los
intereses pagados en depósitos o captaciones constituidos como garantía de
préstamos.
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7490: OTRAS CUENTAS DE ORDEN ACREEDORAS.
Esta
cuenta registra el valor nominal de los formularios de cheques de viajeros no
vendidos, valor de cartas de crédito de exportación notificadas a los beneficiarios,
aportes futuros, créditos aprobados y valor de compensaciones que debe entregar
el Gobierno Central para programa de crédito convenidos con instituciones
financieras públicas.
Sus
subcuentas son las siguientes:
749005 Cheques
de viajero
749010 Cartas
de crédito avisadas
749015 Aportes
futuros del gobierno para capital
749020 Créditos
aprobados no instrumentados
749025 Compensaciones
para programas de créditos
749090 Otras
SU DINÁMICA
SE
DEBITA
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SE ACREDITA
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-
Por el valor
nominal de los cheques de viajeros vendidos o por devolución.
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Por el valor de
la carta de crédito notificada al beneficiario.
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-
Por el valor nominal de los formularios de
cheques de viajeros recibidos.
-
Por el valor de las cartas de crédito cuya
obligación de notificar tuviere la entidad.
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AUTOR (A):
VILLAVERDE ROMAN PAOLA XIOMARA